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Honorarios de inmobiliaria en alquiler: qué son, cuándo son ilegales y cómo reclamarlos

¿Qué son los honorarios de inmobiliaria?

Los honorarios de inmobiliaria son la comisión o pago que recibe una agencia inmobiliaria por los servicios de intermediación que presta en un alquiler. Se trata de la retribución económica que la inmobiliaria cobra a cambio de gestionar el proceso de arrendamiento: publicar el anuncio, atender visitas, seleccionar candidatos, redactar el contrato y coordinar la firma.

Existen distintos tipos de honorarios según el servicio prestado. Los honorarios de búsqueda corresponden a la localización del piso o del inquilino adecuado. Los honorarios de gestión de contrato cubren la redacción y tramitación del arrendamiento. Los honorarios de administración retribuyen la gestión continua durante la vida del contrato.

En cuanto al importe, los honorarios habituales se sitúan entre una y dos mensualidades del alquiler. A este importe puede añadirse el IVA (21%), ya que los servicios inmobiliarios están sujetos a este impuesto. Es importante distinguir entre el importe neto de los honorarios y el IVA: ambos pueden ser objeto de reclamación si el cobro al inquilino fue indebido.

¿Quién debe pagar los honorarios de la inmobiliaria?

La regla fundamental es clara: quien contrata a la inmobiliaria es quien debe pagar sus honorarios. Si el propietario encargó a la agencia que encontrara un inquilino para su piso, el propietario es el cliente de la inmobiliaria y, por tanto, quien debe abonar sus servicios.

Si el inquilino encargó expresamente a una agencia que le buscara un piso, puede existir una relación contractual legítima entre el inquilino y la agencia, y en ese caso sería razonable que el inquilino pagara sus honorarios. Sin embargo, esta situación es menos habitual en el mercado del alquiler residencial.

La práctica habitual que se ha generalizado en España es que los propietarios contraten a las inmobiliarias para gestionar el alquiler de sus viviendas y luego trasladen el coste de esos honorarios al inquilino como condición para la firma del contrato. Esta práctica es ilegal en la mayoría de los casos y es precisamente la que permite a los inquilinos reclamar la devolución de lo pagado.

¿Cuándo son ilegales los honorarios de inmobiliaria para el inquilino?

El marco legal que protege a los inquilinos frente a honorarios abusivos se articula en torno a dos normas principales. El artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato serán a cargo del arrendador cuando este sea persona jurídica. Aunque esta redacción inicial limitaba la protección, la jurisprudencia y la normativa posterior la han ampliado.

La Ley de Vivienda de 2023 reforzó decisivamente la protección del inquilino al establecer que los gastos e impuestos derivados del arrendamiento recaen sobre el arrendador con independencia de si es persona física o jurídica. Esta norma ha despejado las dudas interpretativas y hace más sólidas las reclamaciones de honorarios cobrados tras su entrada en vigor.

La jurisprudencia acumulada también respalda a los inquilinos. Numerosas sentencias de tribunales españoles han dado la razón a inquilinos que reclamaron honorarios cobrados indebidamente, considerando estas cláusulas nulas por abusivas en aplicación de la normativa de consumo.

Las señales más claras de que tus honorarios son ilegales son: que la inmobiliaria fuera contratada por el propietario del piso (no por ti), que no tuvieras capacidad real de negociar el importe, que el pago de los honorarios fuera una condición impuesta para poder firmar el contrato, o que los honorarios se presentaran como un gasto más del proceso sin que nadie te explicara su origen y legitimidad.

¿Qué es el mes de agencia y cómo se relaciona con los honorarios?

El mes de agencia es la denominación más habitual para los honorarios de inmobiliaria cuando su importe equivale exactamente a una mensualidad del alquiler. Es el cobro más frecuente en el mercado del alquiler residencial en España y responde exactamente a la misma lógica que los honorarios de intermediación: la agencia cobra una mensualidad por haber gestionado el alquiler.

También se le denomina mes de comisión, comisión inmobiliaria o primera mensualidad para la agencia. Sea cual sea el nombre con el que te lo presentaron, si la inmobiliaria fue contratada por el propietario, ese pago puede ser reclamado.

Puedes leer una guía específica sobre este cobro en nuestro artículo Mes de agencia en el alquiler: qué es, si es legal y cómo reclamarlo.

Cómo saber si puedes reclamar los honorarios de tu inmobiliaria

Para determinar si tu reclamación es viable, conviene hacerte estas preguntas clave. Primera: ¿quién contrató a la inmobiliaria? Si el propietario la contrató para gestionar su piso, los honorarios probablemente no te correspondían. Segunda: ¿tienes justificante del pago? Un recibo, una transferencia bancaria o incluso un mensaje que lo mencione pueden ser suficientes. Tercera: ¿hace menos de cinco años que lo pagaste? El plazo de prescripción general es de cinco años, por lo que cobros más antiguos pueden haber prescrito.

Los casos donde la reclamación es más sólida son aquellos en los que queda claro que la inmobiliaria fue contratada por el propietario (por ejemplo, porque el piso estaba anunciado en portales con el nombre de la agencia y el propietario como cliente), existe documentación del pago, y el importe fue significativo (una mensualidad o más).

Los casos más difíciles son aquellos en los que el propio inquilino encargó expresamente a la agencia que le buscara piso, o cuando han transcurrido más de cinco años desde el pago. Incluso en estos casos, es recomendable realizar una consulta gratuita para valorar las opciones disponibles.

En ESMITASA ofrecemos un test de elegibilidad gratuito que permite comprobar en un minuto si tu caso podría ser viable, sin ningún compromiso.

Proceso de reclamación de honorarios de inmobiliaria

El proceso de reclamación de honorarios de inmobiliaria sigue una secuencia lógica que conviene conocer antes de iniciarlo.

Paso 1: Documenta el pago. Recopila todos los justificantes disponibles: recibos emitidos por la inmobiliaria, transferencias bancarias, extractos de cuenta, facturas, cláusulas del contrato que mencionen el pago de honorarios. Cuanta más documentación tengas, mejor posicionada estará tu reclamación.

Paso 2: Identifica a la inmobiliaria y al propietario. Para presentar la reclamación necesitas saber el nombre y los datos de contacto de la agencia. El CIF de la inmobiliaria, su dirección y sus datos de registro son útiles para las gestiones formales. El contrato de arrendamiento suele contener esta información.

Paso 3: Presenta reclamación formal por escrito. La reclamación se dirige a la inmobiliaria e incluye la identificación del reclamante, descripción de los hechos, fundamento jurídico y solicitud de devolución del importe. Se recomienda enviarla por un medio que deje constancia (email con acuse, burofax).

Paso 4: Si no responden o rechazan la reclamación. Existen vías alternativas: la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) del ayuntamiento, el sistema arbitral de consumo de tu comunidad autónoma, o la vía judicial si el importe lo justifica. ESMITASA gestiona todo el proceso de principio a fin, sin coste inicial.

¿Cuánto puedo recuperar de los honorarios de inmobiliaria?

El importe que puedes recuperar es, en principio, exactamente lo que pagaste indebidamente. Si te cobraron una mensualidad de 900 euros más IVA (21%), el importe reclamable sería de 1.089 euros. Si te cobraron dos mensualidades, el importe se duplica. La reclamación busca la restitución íntegra de lo cobrado de forma indebida.

El plazo de prescripción es de cinco años, por lo que si pagaste honorarios en los últimos cinco años y el cobro fue indebido, todavía estás a tiempo de reclamar. Este plazo se computa desde la fecha en que se realizó el pago.

En ESMITASA solo cobramos si recuperamos tu dinero. Nuestros honorarios son un porcentaje del importe recuperado, acordado previamente y sin sorpresas. Si no conseguimos recuperar nada, no pagas nada. Este modelo de trabajo elimina el riesgo para el inquilino y garantiza que nuestros intereses están alineados con los tuyos.

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